Verificación de Datos: Secretaria de Estado de Texas NO Está Promoviendo que No-Ciudadanos Voten

Verificación de Datos

  • por: Edwin Mesa
Verificación de Datos: Secretaria de Estado de Texas NO Está Promoviendo que No-Ciudadanos Voten Malinterpretado

¿Es verdad que una comunicación oficial por escrito promueve que se permita la votación con licencia de los NO Ciudadanos estadounidenses en Texas? No, esto NO es verdad. El comunicado oficial de la Secretaría de Estado de Texas del 8 de octubre del 2024, anuncia que ciudadanos ya naturalizados que aparezcan en las listas electorales, pueden presentar su licencia de conducción temporal previa como una forma de identificación, siempre y cuando presenten otra forma de identificación.

La publicación apareció inicialmente en inglés en X (archivado aquí) el 8 de octubre del 2024 y posteriormente traducido al Español y compartido por usuarios en X (archivado aquí) el 9 de octubre del 2024. Y decía:

Aquí la comunicación oficial por escrito promoviendo que se permita votar con licencia de los NO Ciudadanos estadounidenses en Texas.

Se veía así al momento de escribir esta verificación:

Screenshot 2024-10-10 215630.png
(Fuente: Captura de pantalla de X del 11 de octubre del 2024 05:08:51 UTC)

La publicación incluye imágenes del Aviso Electoral No. 2024-30 (archivado aquí) que fue emitido el 8 de octubre del 2024 por la Directora de Elecciones de Texas, Christina Worrell Adkins como representante de la Secretaria de Estado Jane Nelson y en esta se guía a los funcionarios electorales en los casos en que un votante presente una licencia de conducción temporal o del plazo limitado. Este tipo de licencia se expide a individuos que no son ciudadanos pero tienen estatus legal en el país.

Aunque la publicación de X dice que se promueve la votación con licencia de los no-ciudadanos, el Aviso Electoral claramente establece que (traducción por Lead Stories):

Si una persona que aparece en la lista de votantes registrados posee una licencia de conducir o tarjeta de identificación de plazo limitado pero también posee otra forma aceptable de identificación con fotografía según la Sección 63.0101(a) del Código Electoral de Texas ("Lista A"), se recomienda que el individuo presente la otra forma de identificación con fotografía, porque la licencia de conducir de plazo limitado o la tarjeta de identificación necesariamente denota que la persona no era ciudadana de los Estados Unidos en el momento de su emisión.

Para aparecer en las listas de votación todo individuo tiene que demostrar la ciudadanía estadounidense.

El Aviso Electoral explica que en casos en los que un individuo obtenga la ciudadanía de los Estados Unidos pero no haya actualizado su licencia de conducir temporal previa, debe presentar otro tipo de identificación dentro de la Sección 63.0101(a) del Código Electoral de Texas. Lista de documentos de la sección a:

-Licencia de conducir de Texas emitida por el Departamento de Seguridad Pública (DPS) de Texas
-Certificado de identificación electoral de Texas emitido por el DPS
-Tarjeta de identificación personal de Texas emitida por el DPS
-Licencia para portar armas de Texas emitida por el DPS
-Tarjeta de identificación militar de los Estados Unidos que contenga la fotografía de la persona
-Certificado de ciudadanía de los Estados Unidos que contenga la fotografía de la persona
-Pasaporte de los Estados Unidos (libreta o tarjeta)

Más allá, el Aviso Electoral No. 2024-30, instruye a los funcionarios electorales a informar a la persona que presente una licencia temporal, pero que no aparezca en las listas de votantes que (traducción por Lead Stories):

El juez o secretario electoral debe informar al individuo que la identificación presentada sugiere que no es ciudadano de los Estados Unidos. El juez o secretario electoral debe informar a la persona sobre los requisitos de elegibilidad para votar en el estado de Texas. Este es lenguaje recomendado al abordar este tema con la persona:

La licencia de conducir/tarjeta de identificación de duración limitada que presentó sugiere que usted no es ciudadano de los Estados Unidos. Según el Código Electoral de Texas, para ser elegible para votar en el estado de Texas, debe ser un votante calificado de este estado. Un votante calificado es una persona que: es ciudadano de los Estados Unidos; tiene 18 años de edad o más; es residente del Estado de Texas; no ha sido condenado definitivamente por un delito grave, o si así lo ha sido, ha cumplido plenamente la pena de la persona; y no ha sido determinado por sentencia firme de un tribunal que ejerza jurisdicción sucesoria como total o parcialmente incapacitado mentalmente sin derecho a votar.

La Secretaria de Estado publicó en septiembre del 2023 el Aviso de identificación requerida página 2 en Espanol.

Lea aquí más verificaciones de datos acerca de las elecciones presidenciales del 2024.

¿Quieres informar a los demás sobre la veracidad de esta noticia?

Mira quién lo comparte (incluso podrían ser tus amigos...) Y deja el enlace en los comentarios.:

Edwin Mesa es periodista de Lead Stories Español y ha sido galardonado por múltiples producciones de noticias e investigaciones de Estados Unidos e internacionales. Con un bagaje de más de 27 años de carrera iniciando como escritor y fotógrafo en medios impresos locales en Colombia, pasa luego a ser editor de noticias y a liderar investigaciones periodísticas en medios televisivos y en línea como CNN y The Weather Channel.

Lea más acerca de o contáctenos Edwin Mesa

Sobre nosotros

International Fact-Checking Organization Meta Third-Party Fact Checker

Lead Stories es un sitio web de verificación de datos con sede en los EE.UU. Siempre buscamos la última noticia, video o imagen falsa, engañosa o inexacta que se está volviendo viral en internet.
¿Viste algo? ¡Cuéntanos!.

Lead Stories es un:


WhatsApp Línea Informativa

Tienes preguntas o sugerencias? Chatea con nuestros robots amigables en Whatsapp!

Agrega nuestro número +1 (404) 655-4223, síguenos en este enlace o escanea el código qr con tu teléfono:

@leadstories_es

Más Popular

Más Reciente

Comparte tu opinion